La Comisión Académica del Consejo de Universidades en sesión de 25 de marzo de 1977 (BOE 17 de abril) estableció una serie de recomendaciones sobre criterios académicos de articulación técnica de los planes de estudios para determinados supuestos de acceso a segundos ciclos con duración superior a dos cursos.
Dado que todas las titulaciones que se imparten en el Centro Politécnico Superior tienen una duración superior a los dos cursos, este Rectorado tras su aprobación por la Comisión de Docencia de la Universidad, según lo establecido en el art° 160 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto determinar los itinerarios curriculares específicos que, se adjuntan a la presente resolución, para los estudiantes que cursen un segundo ciclo en el Centro Politécnico Superior procedentes de un acceso directo desde una titulación de Ingeniería Técnica en la Universidad de Zaragoza.